java.lang.NumberFormatException: For input string: "280”>(Modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 1138/94)</A></DIV><DIV>2.2. TRAMO CORRIENTES – PARAGUAY: Por tratarse de un sector de distintas características morfológicas y comerciales al resto de la Peatonal Córdoba, en el presente tramo se permitirá la ubicación hasta 3 (tres) hileras de mesas a partir del eje de la calle, vale decir que el eje de la hilera central de mesas coincidirá con el eje de losetas-rejillas, agregándose una hilera de mesas a cada lado (según esquema a-4 que forma parte del presente).</DIV><DIV>No será admitida variante alguna en la disposición descripta anteriormente.</DIV><DIV>De ocuparse con mesas y sillas la franja opuesta al eje de losetas-rejillas y/o de extenderse la hilera frente a los linderos según esquema a.4, y siempre que no exista superposición entre comerciantes que lo soliciten, se deberá contar con la autorización de quienes ocupen las propiedades frentistas y/o linderas al local originante, tal como se establece en el Inciso 2.1.1. <A href="